VISTO:
La reconstrucción y puesta en valor de la Sala de Pediatría del Hospital Campomar de la ciudad de Ranchos, y la extensa y destacada trayectoria del Dr. Ricardo Alberto Minafre al servicio de la salud de los niños y niñas del Partido de General Paz, y
CONSIDERANDO:
Que, el Dr. Minafre Ricardo Alberto arribó a la localidad de Ranchos en el mes de enero del año 1978, incorporándose desde entonces a la vida de nuestra comunidad y desarrollando una extensa trayectoria profesional al servicio de la salud de los habitantes del Partido de General Paz;
Que, inició su trayectoria profesional en el distrito desempeñándose como médico pediatra de la Casa del Niño, para luego desarrollar durante más de cuarenta años una extensa labor asistencial en el Hospital Campomar;
Que, durante buena parte de aquellos años fue el único médico pediatra del distrito, circunstancia que dimensiona especialmente la responsabilidad asumida y la trascendencia que su presencia tuvo para innumerables familias de General Paz;
Que, su ejercicio profesional se desarrolló, particularmente durante sus primeras décadas, en un contexto muy diferente al actual, cuando los recursos tecnológicos, los métodos de diagnóstico y las posibilidades de comunicación y traslado eran considerablemente más limitados;
Que, aquellas circunstancias exigían del profesional no sólo una sólida formación médica, sino también experiencia, criterio, capacidad de resolución y una permanente disposición frente a situaciones que muchas veces debían resolverse con los elementos disponibles y con la urgencia propia de la atención de un niño enfermo;
Que, el Dr. Minafre supo afrontar cada una de esas circunstancias con sabiduría, templanza, hidalguía y una profunda vocación de servicio, haciendo de la medicina pediátrica mucho más que el ejercicio de una profesión;
Que, su compromiso excedió ampliamente las paredes del consultorio y del propio Hospital Campomar, atendiendo durante años a cualquier hora del día o de la noche, recibiendo pacientes en su domicilio y concurriendo personalmente a los hogares cuando la salud de un niño así lo requería;
Que, son innumerables las anécdotas que permanecen en la memoria de nuestros vecinos y vecinas y que dan testimonio de aquella entrega: llamados durante la madrugada, consultas fuera de horario, visitas domiciliarias y traslados en ambulancia que nunca estuvieron condicionados por el día, la hora o las circunstancias;
Que, conforme surge de los registros obrantes en el Hospital Campomar, durante su trayectoria profesional intervino en aproximadamente 4.500 nacimientos, cifra que constituye un claro reflejo de la magnitud de su labor y del profundo vínculo que estableció con numerosas generaciones de familias del Partido de General Paz;
Que, generaciones enteras de vecinos de General Paz, particularmente quienes nacieron entre fines de la década de 1970 y los primeros años de la década de 2010, encuentran en el Dr. Minafre una figura inseparable de sus primeros años de vida y de la historia de sus propias familias;
Que, detrás de cada una de esas intervenciones existen historias personales y familiares que explican el profundo afecto, reconocimiento y respeto que el Dr. Minafre ha sabido cosechar entre sus pacientes, sus colegas y la comunidad en general;
Que, su excelencia profesional estuvo acompañada por una cualidad que distinguió especialmente su trayectoria: su amor por los niños y su manera profundamente humana de ejercer la pediatría;
Que, quienes compartieron con él el ejercicio de la medicina reconocen no solamente sus conocimientos y capacidad profesional, sino también su compañerismo, generosidad y compromiso con la salud pública local;
Que, el reconocimiento de una comunidad adquiere un significado particularmente valioso cuando puede realizarse en vida, permitiendo expresar personalmente gratitud a quienes han dejado una huella perdurable en la historia colectiva;
Que, resulta, por ello, especialmente significativo que la Sala de Pediatría del Hospital Campomar lleve el nombre de quien durante tantos años dedicó su profesión al cuidado de la salud infantil de nuestra comunidad;
Que, la reconstrucción y puesta en valor de la Sala de Pediatría del Hospital Campomar constituye una oportunidad especialmente significativa para asociar ese espacio al nombre de quien dedicó más de cuarenta años de su vida al cuidado de los niños y niñas de nuestro distrito;
Que, imponer el nombre “Dr. Ricardo Alberto Minafre” a dicha Sala representa mucho más que una denominación institucional, pues significa preservar una parte de la memoria sanitaria de General Paz y transmitir a las generaciones futuras los valores de vocación, compromiso, responsabilidad y humanidad que caracterizaron su ejercicio profesional;
Que, resulta justo que quienes en el futuro ingresen a ese espacio conozcan que su nombre recuerda a un médico que hizo de la pediatría una verdadera vocación de servicio y que acompañó, durante décadas, el crecimiento de generaciones de vecinos de nuestra comunidad;
Que, los pueblos construyen también su identidad reconociendo a aquellas personas que, mediante su trabajo cotidiano y silencioso, han contribuido de manera extraordinaria al bienestar de sus habitantes;
Que, el legado del Dr. Ricardo Alberto Minafre permanece vivo en cada familia que encontró en él atención, contención y respuesta, y constituye una parte indeleble de la historia del Hospital Campomar y de la salud pública del Partido de General Paz;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Impóngase el nombre “Dr. Ricardo Alberto Minafre” a la Sala de Pediatría del Hospital Campomar de la ciudad de Ranchos, Partido de General Paz, en reconocimiento a su destacada trayectoria profesional y a sus más de cuarenta años de servicio dedicados al cuidado de la salud de los niños y niñas de nuestra comunidad.
ARTÍCULO 2°: Dispóngase la colocación, en un lugar visible de la mencionada Sala, de una placa identificatoria con la denominación establecida en el artículo precedente Dr. Ricardo Alberto Minafre.
ARTÍCULO 3°: Establécese que la denominación dispuesta en el artículo precedente deberá ser incorporada a la señalética identificatoria de la Sala de Pediatría del Hospital Campomar.
ARTÍCULO 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a disponer las medidas necesarias para la realización del acto de imposición del nombre y descubrimiento de la correspondiente placa, invitándose especialmente al Dr. Ricardo Alberto Minafre, sus familiares, autoridades, trabajadores y ex trabajadores del Hospital Campomar, profesionales de la salud y comunidad en general.
ARTÍCULO 5°: Remítase copia de la presente Ordenanza al Dr. Ricardo Alberto Minafre, como testimonio del reconocimiento institucional y del agradecimiento de la comunidad del Partido de General Paz por su invaluable trayectoria al servicio de la salud de generaciones de niños y niñas.
ARTÍCULO 6°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 24 días del mes de agosto del 2026.-