Ordenanza Nº 3/2010


VISTO:


La nota  recibida el día 04 de febrero, por parte de la Asociación Civil del Colegio Sagrado Corazón, y;


CONSIDERANDO:


Que dicha entidad, es quien tiene a su cargo la realización de los tradicionales Corsos 2010 en la Avenida Campomar, 


Que para el día 07 de febrero la organización tiene previsto un baile popular, frente al escenario, montado a tal efecto;


Que es atribución  de este Honorable Concejo dar la autorización correspondiente, para el uso de dicho lugar, como así también, el corte  de calle, para llevar adelante el mismo;


Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente 


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Asociación Civil del Colegio Sagrado Corazón, entidad organizadora de los tradicionales Corsos, como medida de excepción,  a realizar el baile popular en la calle, frente al escenario ubicado en Avenida Campomar, el día 07 del corriente al finalizar el corso programado para el mismo día .


ARTÍCULO 2º: Autorizar a la Comisión Directiva, a prolongar el corte de calle estipulado para la  realización del corso por el tiempo que dure el baile popular previsto.


ARTÍCULO 3º: La Comisión Directiva deberá contratar un seguro para el evento autorizado y deberá tomar todas las precauciones y medidas de seguridad necesarias para un desarrollo normal del mismo.


ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese a la Asociación Civil Colegio sagrado Corazón, al Departamento Ejecutivo, Archívese.


Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 04 días del mes de febrero del año 2010.-


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