Ordenanza Nº 18/2012


VISTO:


La idea-proyecto presentada por el Sr. Ignacio Guillermo D’Alessandro para la instalación de un establecimiento industrial dedicado a la fundición de hierro y producción de insumos para la electrificación rural, y;


CONSIDERANDO:


Que es intención de su titular instalar el mismo en el Galpón que ya posee en Avda. Intendente Alberto Ferrante s/n entre Moreno y Ball  de nuestra ciudad, de manera provisoria,


Que según lo establecido por  Ordenanza Municipal, el mismo se encuentra ubicado en el área urbana, subáreas urbanizada  encontrándose impedida su instalación,


Que dada las características de las maquinarias y equipos a instalar, éstos no producirían emanaciones, efluentes ni ruidos molestos para los vecinos lindantes,


Que su concreción, permitirá la creación de una nueva fuente de trabajo y la generación de 8 puestos de trabajo directo,


Que es intención de su titular, trasladarse en un plazo máximo de 3 años, al Sector Industrial Planificado,


Que por tal motivo, se considera factible efectuar una excepción a lo determinado en la normativa vigente y posibilitar su habilitación en forma transitoria,


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente:


ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo, a otorgar una habilitación transitoria al Sr. Ignacio Guillermo D’Alessandro, para la instalación de un establecimiento industrial dedicado a la fundición de hierro y producción de insumos para la electrificación rural; como excepción a la Ordenanza N° 39/88 que en el primer párrafo de su  artículo 1º expresa: “Establécese que para el área urbana su uso predominante será: residencial, comercial, administrativo y cultural”.

 

ARTÍCULO 2º: La excepción mencionada en el artículo precedente solo alcanza al párrafo referido, estableciendo el cumplimiento del resto de la Ordenanza.


ARTÍCULO 3º: La habilitación mencionada será otorgada por un plazo máximo de 3 (tres) años a partir de su puesta en funcionamiento.

 

ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 13 días del mes de agosto del año 2012.


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