VISTO:
El Memorándum de entendimiento presentado a la Municipalidad de General Paz, por parte de la Empresa PRAREX INDUSTRIES S.A., vinculado a la implementación de un proyecto de tratamiento integral de los residuos generados en el Distrito de General Paz, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada empresa, tiene intención de realizar no solo la puesta en valor y funcionamiento de la planta municipal de separación y clasificación de residuos sólidos urbanos, sino también la producción de energía eléctrica a partir de su procesamiento con tecnología innovadora, siendo la misma, única poseedora de esta tecnología en el país
Que el proyecto contempla el tratamiento de la totalidad de los residuos generados en el Distrito de General Paz, incluyéndose también los especiales e industriales. Brindándose de esta manera una solución integral a esta problemática,
Que la tecnología propuesta en ambos casos, cuenta con la debida aprobación de los organismos competentes en la materia;
Que el Municipio de General Paz, debe ceder en calidad de comodato y por un plazo de 30 (treinta) años, una superficie de 3 has, incluyéndose las instalaciones ya existentes,
Que la inversión que debe realizar la empresa PRAREX INDUSTRIES S.A en el predio, para realizar el tratamiento propuesto supera los U$S 2.000.000,00;
Que por el volumen de residuos sólidos urbanos, con que cuenta nuestro distrito en la actualidad, en la planta a instalar, solo se realizará el procesamiento de los residuos sólidos urbanos, permitiendo la generación de energía eléctrica a partir de la producción de Biogas. Pudiéndose en el futuro adecuar la misma para la generación de otro tipo de combustibles;
Que el costo de procesamiento de dichos residuos, se establece en un valor equivalente a 10 litros de nafta premium por tonelada de residuo ingresada en planta;
Que la planta, cuenta con tecnología avanzada y moderna en el tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos;
Que, el costo de procesamiento de los residuos especiales e industriales, deberá ser afrontado de manera particular por los diferentes generadores de los mismos,
Que el adecuado tratamiento de nuestros propios residuos, es aún materia pendiente y por lo tanto constituye un tema primordial a resolver,
Que el memorándum de entendimiento, establece llegado el momento, la firma de diferentes contratos referidos a la provisión de los Residuos Sólidos Urbanos y al usufructo de la tierra;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar el Memorándum de entendimiento con la empresa PRAREX INDUSTRIES S.A. para el tratamiento integral de los residuos generados exclusivamente en el distrito de General Paz, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a firmar con la Empresa PRAREX INDUSTRIES S.A los contratos establecidos en la cláusula 4 del Memorándum de Entendimiento., que como Anexo 1 y 2 del mencionado memorándum, forman parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 22 días del mes de junio del año 2015.