VISTO:
El Articulo Nº 29 de la Ley Orgánica de las municipalidades y;
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante sancionar las Ordenanzas impositivas de la Municipalidad;
Que de acuerdo a la política adoptada por esta gestión de gobierno, año a año son actualizaciones el total de las tasas cobradas por esta Municipalidad, para lograr de forma paliar los costos incurridos por los distintos servicios brindados;
Que es intención del Intendente Municipal continuar llevando equidad a todos los vecinos de General Paz;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Aprobar la Ordenanza Fiscal Impositiva 2016 que como anexo I, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º: Gírese oportunamente la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia de Buenos Aires a los efectos de que tome conocimiento.
ARTÍCULO 3º:Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, Jurisdicción de la Pcia de Buenos Aires, en FORMA PREPARATORIA, a los 09 días del mes de Diciembre del año 2015.