Ordenanza Nº 32/2018


VISTO:


La decisión de este municipio de adhesión de la Ley Provincial Nº 14798 Ejercicio Profesional de los Guardavidas y; 


CONSIDERANDO: 


Que  el trabajador guardavidas es la persona formada y entrenada para vigilar, prevenir, atender, supervisar, orientar y asistir técnica y profesionalmente a las personas brindando respuesta inmediata de rescate acuático y/o primeros auxilios de emergencia, ante aquellas situaciones de riesgo que se produzcan;


Que  que un trabajador guardavidas es responsable de la seguridad de las personas en una zona de agua, de un área definida de inmediato alrededor;


Que nuestra prioridad como gestión de gobierno es garantizar a los usuarios de todos los natatorias municipales cuenten con guardavidas, para poder desarrollar las actividades con mayor seguridad;


Que el trabajo de éstos, consiste no solo en la protección y eventual rescate de las personas que utilizan las piletas sino también la prevención y cuidado fuera de las mismas, 


Que  forman parte de un sector de la subsecretaria de deportes que cuenta con capacitación y perfeccionamiento constante, donde la totalidad de sus integrantes son profesionales y realizan la reválida año a año de su actividad;


Que de acuerdo a los establecido en la Ley Provincial Nº 14798 Ejercicio Profesional de los Guardavidas, en su decreto reglamentario Nº 2551/2015 Art Nº1            “… para el caso de guardavidas vinculados por una relación de empleo público con las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, regirá los dispuesto en la Ley 14656”,


Que ante dicha situación es que nos encontramos ante la necesidad de creación de un nuevo ítem, que contemple dicha actividad y la consecuente incorporación en el escalafón municipal;


Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente: 


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Aprobar la adhesión a la Ley Provincial Nº 14798 Ejercicio Profesional de los Guardavidas.


ARTÍCULO 2º: Aprobar la Creación del nuevo ítem dentro del escalafón municipal.


ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 13 días del mes de Noviembre de 2018.-


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