VISTO:
La necesidad permanente del Municipio de mejorar la atención del público en las distintas dependencias, y
CONSIDERANDO
Que entre las numerosas personas que habitualmente por una infinidad de trámites deben recurrir a diversos ámbitos municipales, hay personas que sufren problemas auditivos y/o del habla, lo que trae aparejado cierta desigualdad al momento de ser atendidos, atento que la amplia mayoría del personal municipal no tiene los conocimientos básicos para poder comunicarse.-
Que en aras de paliar la situación descripta en el considerando anterior, sería propicio que se brindará al personal municipal que se encuentra afectado a la atención del público, un curso básico de lenguas de señas argentinas.-
Que para poder concretar lo mencionado, lo adecuado sería llevar a cabo el curso a lo largo de un plazo prudencial, para de esta manera llegar a todo el personal alcanzado.-
Que concretar lo propuesto generará más inclusión de las personas que sufren este tipo de discapacidad.-
Por ello, El Honorable Concejo de Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Realícese un Curso Básico de Lenguas de Señas Argentinas (LSA) a personal municipal de agrupamiento administrativo que desempeñe tareas de atención al público en las oficinas y dependencias públicas municipales del Distrito de General Paz.
ARTÍCULO 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a designar el personal que considere pertinente y que representará a cada dependencia municipal, a fin de realizar el mencionado curso.
ARTÍCULO 3º: El Curso indicado en el artículo primero, tendrá carácter obligatorio para el personal designado.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 11 días del mes de Marzo de 2019.