VISTO:
La necesidad de crear la Biblioteca de la Casa del Niño “Virgencita del Pilar” y;
CONSIDERANDO:
Que es una biblioteca cuyo fondo bibliográfico se ha incrementado considerablemente con aportes de la comunidad y de la Biblioteca Popular Municipal Domingo Faustino Sarmiento;
Que en ella están realizando sus Prácticas alumnos de la carrera de Bibliotecología del ISFD Y T Nº 212 de General Paz;
Que por esta causa se está organizando utilizando diferentes técnicas y estrategias propias de la biblioteconomía;
Que ya tiene identidad propia entre los niños que concurren a la Casa del niño ya que le han asignado como nombre “Rincón de la imaginación”;
Que en este momento constituye un centro cultural, que cumple la tarea de difundir el libro y la lectura entre los niños que concurren a la Casa del niño y sus familias; también es un espacio para la realización de múltiples actividades de apoyo escolar;
Que la promoción de la cultura y la educación es un deber ineludible del Estado, máxime en la era de la información dentro de un mundo cada vez más globalizado y competitivo, donde los continuos cambios, avances tecnológicos y el acceso a la gran cantidad de información disponible, son determinantes en el desarrollo y éxito de los pueblos;
Que esta inquietud tiende a consolidar las bases de esta Biblioteca destinada a brindar a niños la posibilidad de disponer de elementos de información, que por lo general es difícil o imposible adquirirlos dado su elevado costo, contribuyendo de esta manera a la prestación de un servicio invalorable para el desarrollo de las personas como ciudadanos;
Que como Concejales entendemos que resulta imprescindible contribuir desde el Estado Municipal asegurando su permanencia para brindar un medio educativo y de lectura que la comunidad aspira y merece;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Crease la Biblioteca en el ámbito de la Casa del Niño Virgencita del Pilar cuya misión será la organización y puesta en valor del patrimonio documental de la misma y extender el alcance de los servicios a los niños y familias de esa Institución, difundiendo el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
ARTÍCULO 2º: La Biblioteca garantizará el ejercicio de los derechos culturales de acceso a la información, investigación, lectura e igualdad de oportunidades para la creación, recreación y educación permanente de todos los niños que concurran a la Casa del Niño.
ARTÍCULO 3º: Impóngase el nombre de “Rincón de la imaginación” que fuera votado por los niños.
ARTÍCULO 4º: La Biblioteca deberá garantizar el libre acceso a sus instalaciones y la gratuidad de la consulta a cualquier usuario de la comunidad de la Casa del Niño.
ARTÍCULO 5º: La biblioteca dependerá de la Dirección de la Casa del Niño Virgencita del Pilar de la Municipalidad de General Paz.
ARTÍCULO 6º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 09 días del mes de Septiembre de 2019.