VISTO:
El decreto Nº 646/2020 del Departamento Ejecutivo por el cual se reglamentan las reuniones familiares y sociales en el distrito de General Paz;
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 11º versa: “La aprobación definitiva de presente decreto es ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante”
Que el mismo fue tratado previamente en reunión con representantes de los diferentes bloques de ese Honorable Cuerpo Deliberativo el pasado martes 03;
Que es facultad de este Honorable Cuerpo refrendar el presente acto administrativo
Que ante la situación particular que estamos viviendo y la estructura dinámica de las condiciones epidemiológicas resulto necesario la emisión del correspondiente acto administrativo;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las Facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Aprobar de forma definitiva el Decreto 646/20 del Departamento Ejecutivo por el cual se reglamentan las reuniones familiares y sociales en el partido de General Paz.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 14 días del mes de Noviembre de 2020.