VISTO:
El Decreto Nº293/2021 del Departamento Ejecutivo por el cual se autoriza corte temporal de la calle Luis Giles entre Rivadavia y Belgrano y;
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 2 versa: “el presente Decreto se emite ad referéndum de aprobación del Honorable Concejo Deliberante de General Paz”;
Que es facultad de este Honorable cuerpo refrendar el presente acto administrativo;
Que la solicitud fue recibida sin el plazo correspondiente que permitiera el tratamiento en sesión previa al corte de calle mencionado;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Aprobar de forma definitiva el Decreto Nº293/2021 del Departamento Ejecutivo por el cual se autoriza corte temporal de la calle Luis Giles entre Rivadavia y Belgrano.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese al departamento ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 12 días del mes de Abril de 2021.