Ordenanza Nº 22/2021


VISTO:


La Ordenanza Fiscal impositiva 2021, y;


CONSIDERANDO:


Que el derecho a la salud, es un derecho humano básico, que gozamos todos los habitantes de la Nación, por lo cual toda persona debe tener acceso a los recursos sanitarios. La salud es un medio que permite a las personas llevar una vida individual y socialmente sana. 


Que garantizar el derecho a la salud es extender el horizonte y lograr expandir la atención brindada a nuestros vecinos con mayores especialidades médicas, redistribución de los centros de salud, capacitación  de manera continua del personal y la adquisición de nuevos equipamientos.


Que la pandemia originada por el COVID 19 ha dejado expuesto la importancia de contar con un sistema de salud pública que brinde todo lo necesario para hacer frente a un virus desconocido que puso a prueba no solo a nuestro personal de salud, sino también las estructuras edilicias y sus recursos materiales.


Que la denominada “segunda ola” de esta enfermedad ha puesto en jaque el sistema sanitario de las grandes ciudades de la Provincia, que cuentan con centros de atención de alta complejidad, equipados con terapia intensiva con los cuales nosotros, contábamos para la derivación de aquellos pacientes que necesitaban una atención de mayor complejidad.


Que en el marco de las diversas estrategias implementadas que tienen como prioridad la salud integral de nuestros vecinos y vecinas, es que consideramos imprescindible la creación de una Unidad de Terapia Intensiva.


Que de acuerdo a observaciones  y vivencias de nuestro personal de salud, sabemos  lo que significa en aquellos momentos críticos tener que trasladarnos, tanto para quien está internado como para su círculo familiar. Asimismo, quienes quedan internados se encuentran expuestos a prácticas y discursos desconocidos, perdiendo el paciente referencias del tiempo y del espacio. Su imagen corporal se ve desdibujada, llegando a un alto desvalimiento subjetivo.


Que la posibilidad de contar en nuestro distrito con una Unidad de Terapia Intensiva nos posibilitaría poder sostener al paciente en su lugar, contribuyendo a una mejor calidad de acompañamiento y atención, permitiendo además tener a sus referentes afectivos cerca.


Que en este contexto de incertidumbre que nos encontramos viviendo como sociedad, el poder ejecutivo municipal  ha tomado la decisión política  de alcanzar la apertura de una Unidad de Terapia Intensiva en el Hospital Juan y Maria Scasso de Campomar.


Que la apertura de esta nueva área es un avance más que significativo para todos los vecinos y vecinas de nuestro querido distrito, ya que en este contexto de pandemia y de colapso del sistema sanitario permitirá que aquellos pacientes que padezcan COVID 19 puedan ser atendidos con la mayor complejidad que requieran.


Que de acuerdo a la cantidad de habitantes con que cuenta nuestro Distrito, y el aporte que cada uno de nosotros realiza impositivamente, este bien público se torna imposible de palear con recursos municipales actuales.


Que sin perjuicio de la premura que se requiere en este momento para su apertura, este es un proyecto a largo plazo, que no solo nos permitirá afrontar la complejidad de esta pandemia, sino que nos permitirá aumentar la cantidad y calidad de atención brindada a todos, permitiendo realizar cirugías de mayor complejidad y de diversas especialidades, evitar traslados sanitarios y ofrecer una mayor y mejor atención para todos.


Que el mantenimiento de la Unidad de Terapia Intensiva no se encuentra contemplado dentro de las erogaciones presupuestadas para el año 2021 y que la implementación de la misma conlleva realizar gastos extraordinarios de importante magnitud, personal especializado como médicos terapistas y enfermeras especializadas, asimismo se incrementa la cantidad de insumos utilizados y el reacondicionamiento de la estructura edilicia.


Que la incansable tarea del Intendente Municipal, junto a la ayuda del gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha permitido contar con  la entrega de  4 respiradores, 4 camas de terapia, 4 monitores paramétricos, 8 bombas de infusión, tecnología de última generación, valuada en más de 30 millones de pesos para la incorporación inmediata a la Unidad de terapia Intensiva de nuestro hospital.


Que igualmente y para poder afrontar el mantenimiento de la Unidad de Terapia intensiva, el poder ejecutivo municipal, luego de múltiples reuniones mantenidas con el Circulo médico, la Cámara de Comercio, La Sociedad Rural, Honorable Concejo Deliberante, referentes de distintas instituciones intermedias y  medios de prensa, donde se alcanzaron los consensos necesarios, ha decidido la creación de una nueva tasa para el mantenimiento de la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital Campomar. 


Que la aplicación de la tasa tendría un carácter temporal, hasta tanto los gastos originados por la UTI puedan ser absorbidos por otros recursos municipales, o bien presupuestados en el siguiente periodo fiscal.


Que el articulado de la Ley Orgánica de las Municipalidades habilita al Poder Ejecutivo la posibilidad de crear y/o modificar tributos que hagan a la recaudación municipal. 


Que La doctrina y la Jurisprudencia es unánime a determinar que lo primero que debe observarse en una tasa es que sea establecida por lo dispuesto en el art 193 inc 2 de la Constitución Provincial, como así también que la tasa debe corresponder siempre a la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio, poniendo a disposición del particular , a partir de este hito, éste no puede rehusar su pago aun cuando no haga uso de aquel, o no tenga interés en él, ya que dicho servicio tiene en miras un interés general de la comunidad. 


Por ello, el Honorable Consejo Deliberante de General Paz, en uso de las Facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipales de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:

                                         

ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Aprobar Anexo II de La Ordenanza Fiscal Impositiva 2021 que forma parte integrante de esta. -


ARTÍCULO 2º: Regístrese comuníquese y archívese


Dada en FORMA DEFINITIVA en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 30 días del mes de junio de 2021.


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