Ordenanza Nº 29/2021


VISTO:


El convenio de consorcio urbanístico firmado con el Sr. Mendilahatzu Rubén Edgardo  y;


CONSIDERANDO:


Que el convenio se firma en el marco normativo de lo establecido por  la Ley 14.449 de acceso justo de hábitat; 


Que en el artículo 1º de la presente Ley se destaca dentro de sus objetivos: promover la generación y facilitar la gestión de proyectos habitacionales de urbanizaciones sociales y procesos de regularización de barrios informales y abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda habitacional;   


Que  la Ley entonces nos permite como poder ejecutivo mejorar y facilitar el acceso de los vecinos y vecinas a tierras urbanizables destinadas a la construcción de planes de vivienda;


Que el inmueble objeto del presente convenio  fue previamente analizado y estudiado en referencia a su ubicación, distribución y disponibilidad en la localidad de Loma Verde, 


Que la Municipalidad de General Paz, incorporará a su patrimonio la cantidad de 36 lotes para el destino y ejecución de un plan de viviendas y permitirán que nuevas familias se vean beneficiadas, 


Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la presente


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: La presente ordenanza regirá el procedimiento aplicar respecto al inmueble a incorporarse al programa de lotes con servicios previstos en el a Ley 14449 y su reglamentación aprobada por Decreto 1062/13 cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.


ARTÍCULO 2º: Autorizar la adaptación al programa de lotes con servicios el inmueble perteneciente al dominio del Sr. Mendilahatzu Ruben Edgardo designado catastralmente como Circunscripción VI, Sección  CH – FRACC-Parcela 904 A, Matricula 5893, partida inmobiliaria 2985, ubicado en la localidad de Loma Verde


ARTÍCULO 3º: Requerir la intervención de la subsecretaria Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda fin de que se incorpore al programa de lote con servicios el plano de mensura y subdivisión adjunto del inmueble descripto en el Artículo 2º.


ARTÍCULO 4º: Establecer para el citado inmueble el siguiente indicador de subdivisión y ocupación del duelo 


ARTÍCULO 5º: Aprobar el convenio de consorcio urbanístico firmado entre el Departamento Ejecutivo y Mendilahatzu Ruben Edgardo, que forma parte del anexo I de la presente 


ARTÍCULO 6º: Regístrese comuníquese y archívese.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 9 Días del mes de agosto de 2021.


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