VISTO:
El 50 aniversario del Partido Defensa Comunal de General Paz, y;
CONSIDERANDO:
Que, el 7 de junio de 1972 un grupo de vecinos del Distrito de General Paz y una Junta Promotora constituida a tal efecto fundan el Partido “Defensa Comunal de General Paz”;
Que, de esta manera quedaron plasmadas las ideas y directivas del partido, enunciadas en una declaración de principios y propósitos concretos de acción política netamente municipal, sentando así las bases de su futuro accionar;
Que, el propósito fue dejar constituido un Partido Político dentro del orden comunal de orientación netamente republicana cuyo único objeto de lucha profese la fe democrática por sobre todo lo demás. Esa declaración constituyó en sí misma, las premisas que lo rigen en la actualidad;
Que, la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires, en Expte. N° 520077/72, caratulado “Defensa Comunal de General Paz - Solicita Reconocimiento”, con fecha 31 de octubre de 1972, reconoce como Agrupación Municipal (art. 11 Decreto Ley 9889/82 t.o. s/ Decreto 3631/92), otorgándosele la personería jurídico-política y de derecho privado, asignándole número de Registro 109. Aclara la Junta Electoral que va la denominación DEFENSA COMUNAL DE GENERAL PAZ será atributo exclusivo de la agrupación municipal invalidando la utilización del mismo nombre por cualquier otra asociación o entidad de cualquier naturaleza art. 20, ley 7818.
Que, el número 109 es el que ha identificado la boleta partidaria utilizada en los diferentes actos electorales;
Que, es imposible no mencionar al máximo representante de Defensa Comunal de General Paz quien dirigiese el municipio durante muchos años, Don Alberto Ferrante.
Que, Defensa Comunal es uno de los partidos vecinalistas más antiguos de la provincia de Buenos Aires;
Que, surgen los vecinalismos como alternativa política de los partidos tradicionales, orientados al bien común de cada distrito, levantando la bandera de la defensa de los intereses de los vecinos;
Que, los partidos vecinalistas son espacios democráticos por extensión, espacios de debate y diálogo; transversales ideológicamente e integrados por ciudadanos con diferentes visiones y pensamientos.
Que Defensa Comunal de General Paz ha logrado perdurar en el tiempo manteniendo vivos sus principios, sus ideales, su identidad y su autonomía.
Que, el voluntariado es el principal motor que hace a esta fuerza un espacio único donde confluyen los diferentes criterios y miradas, siendo sus integrantes impulsados por una pasión difícil de definir en palabras.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Reconocer la trayectoria en el ámbito político y social del partido Defensa Comunal de General Paz en su 50 aniversario.
ARTÍCULO 2º: Autorizar a la presidencia del Honorable Concejo Deliberante a realizar sesión especial de reconocimiento.
ARTÍCULO 3º: Entregar copia de la presente resolución a la Comisión Directiva del partido.
ARTÍCULO 4º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 13 días del mes de Junio del año 2022.