Resolución Nº 37/2022


VISTO:


El Proyecto de Ley Nacional “Plan de Pago de Deuda Previsional”; y


CONSIDERANDO:


Que, el proyecto de Ley mencionado cuenta con media sanción de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación Argentina.


Que, el Plan de Pago de Deuda Previsional tiene por objeto el ingreso de aportes previsionales por parte de personas físicas para el acceso a las prestaciones previsionales.


Que nueve de cada diez mujeres no cuentan con el requisito de treinta años de aportes previsionales cumpliendo con la edad requerida para la adquisición del beneficio, al igual que tres de cada diez hombres.


Que, la medida posibilita a más de ochocientos mil trabajadores y trabajadoras con edad para jubilarse, adquirir el derecho, de los cuales el 60% son mujeres.


Que, este plan de pagos prevé la incorporación de periodos no aportados, que en muchos casos se deben a situaciones de precarización y desempleo.


Que, se adjunta proyecto de Ley ingresado a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación con dictamen favorable del Senado Nacional con treinta y ocho votos afirmativos, seis votos negativos y dieciocho abstenciones.


Que, se adjunta proyecto de Ley como anexo al presente proyecto.


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:


RESOLUCIÓN


ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Paz expresa su beneplácito al proyecto de Ley “Plan de Pago de Deuda Previsional”.


ARTÍCULO 2º: A través de la Presidencia del Cuerpo remítase copia de la presente Resolución, a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.


ARTÍCULO 3º: Los considerandos forman parte del presente proyecto.


ARTÍCULO 4º: De forma.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de Julio del año 2022.


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