Ordenanza Nº 24/2023


VISTO;


La necesidad de crear un Código de Convivencia que permita resolver las necesidades de nuestros vecinos y vecinas de nuestro querido distrito, y;


CONSIDERANDO;


Que, hasta el momento se encuentra en vigencia el Código de Faltas Municipal (Ordenanza 08/94), pero que él mismo se encuentra desactualizado a las problemáticas y necesidades que hoy en día se generan en la convivencia vecinal.


Que, conforme lo expresó el Señor Intendente Municipal Sr. Juan Manuel Álvarez en la Apertura de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del corriente año mantener nuestra forma y estilo de vida tranquilo es nuestra prioridad, siendo así que la creación de un nuevo cuerpo de inspectores permitió acompañar a nuestros vecinos y vecinas para cumplir las normas y respetar al prójimo. En ese marco y con el objetivo de reforzar dicho objetivo se realiza la presentación de este nuevo Código de Convivencia actualizado a las problemáticas actuales.


Que, este nuevo proyecto nos permite abarcar de manera acabada temas de medio ambiente, seguridad urbana, industria, comercio entre otros con el fin de establecer un nuevo marco normativo que permita la presencia del estado municipal de forma preventiva ante posibles conductas que atenten contra la tan ansiada paz social.


Que, el dictado de este nuevo Código, tiene más de un propósito, no solo viene a unificar y a ordenar la reglamentación vigente sino también a disponer de nuevos mecanismos de control haciendo uso de avances tecnológicos a implementar.


Que, se innova también desde la aplicación de sanciones, se deroga de manera total la sanción de arresto y se priorizan sanciones de tinte reparador como la realización de tareas concientizadoras, entendiendo esto como un cambio de paradigma que nos permite no solo recaer en la sanción pecuniaria sino la posibilidad de crear conciencia ciudadana reparando el daño causado por el contraventor.


Que, en la actualidad los montos de las multas, se encuentran fijados bajo diferentes criterios de medida lo que genera inequidad respecto de las faltas cometidas y quedan rápidamente desactualizados, por eso este Código, en consonancia con la Ordenanza Fiscal Impositiva, establece como unidad de medida para las sanciones pecuniarias la unidad fija (UF).


Que, para finalizar este nuevo Código de Convivencia, como política pública impulsada por el Poder Ejecutivo Municipal, pretende arrojar reglas claras que permitan la integración, profundizar en la ciudadanía la apropiación y el cuidado de lo público en relación a su barrio y su entorno.


Es por ello, que en razón de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Honorable Concejo Deliberante, sanciona con fuerza de Ley la siguiente;


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Aprobar el Código de Convivencia del distrito de General Paz dispuesto como el presente Anexo I de la presente Ordenanza.


ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 22 días del mes de Mayo del año 2023.-


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