VISTO:
La Ley Nacional N°27.705 de Plan de Pago de Deuda Previsional, y;
CONSIDERANDO:
Que, la ley 27.705 de Moratoria Previsional fue sancionada el 28 de febrero de este año y reglamentada el 30 de marzo mediante el decreto 173, que establece un plan de pago para las personas que tienen la edad para acceder a la jubilación, pero que no poseen 30 años de aportes;
Que, a partir la nueva moratoria, quienes ya hayan cumplido la edad jubilatoria (60 años para las mujeres y 65 para los hombres) o la cumplan en los próximos dos años, podrán acceder a la prestación de la ANSES pese a no contar con los 30 años de aportes obligatorios;
Que, el Plan de Pago de Deuda Previsional permite acceder al derecho de una jubilación a personas que necesitan regularizar su deuda de aportes previsionales;
Que, el mecanismo de dicha ley, permite la cancelación de las “unidades de pago de deuda previsional” y de las “unidades de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”;
Que, a la fecha, son más de 40.000 argentinas y argentinos que se jubilaron a través del Plan de Pago de Deuda Previsional, que mayormente cumplieron la edad jubilatoria en estos últimos tres meses en los que no contábamos con esta ley;
Que, en esta nueva etapa, es el Estado que los acompaña, no solo con un ingreso mensual que se actualiza cada 3 meses por la Ley de Movilidad, sino también, mediante la cobertura del PAMI, la obra social más importante de Latinoamérica, y el acceso a un crédito con las tasas más bajas;
Que, este plan de pago, posibilita que aquellos ciudadanos y ciudadanas que tengan la edad jubilatoria, pero cuyos empleadores no les hayan hecho los aportes durante su vida laboral y, por lo tanto, no lleguen a cumplir el requisito de los 30 años registrados, regularicen la deuda previsional y puedan acceder a la jubilación;
Que, se trata de un beneficio que alcanza a 800 mil personas en el País, y que gracias a este plan, podrán jubilarse;
Que, el pasado jueves se llevó a cabo un acto de entrega para beneficiarias y beneficiarios de esta nueva Ley en el Distrito de General Paz, que alcanzó a 50 hombres y mujeres que cumplieron con dichos requisitos;
Que, obtener este beneficio, no solo les cambia la vida a cada uno de quienes lo perciban, dignificando su trabajo nunca antes reconocido; sino también, la de su familia, otorgándoles una seguridad económica, social y sanitaria, amparándolos en una etapa de la vida adulta donde deben merecer bienestar y tranquilidad;
Que esta Ley, es muy importante porque significa estar presente en la vida de los trabajadores y trabajadoras, otorgándoles un derecho, que de otra manera no hubiese sido posible;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades, que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos aires sanciona la siguiente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Expresar la complacencia del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, por la aprobación e implementación de la Ley N° 27.705 de Plan de Pago de Deuda Previsional.
ARTÍCULO 2º: Elevar copia de la presente Resolución a la Dirección Ejecutiva de ANSES, a la Regional Bonaerense I y a la Oficina de ANSES Ranchos.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 12 días del mes de Junio del año 2023-