Ordenanza Nº 55/2023


VISTO:


La importancia que tiene para una ciudad el ordenamiento de tránsito, en pos de la seguridad del peatón y del conductor de distintos vehículos sobre todo en los horarios de ingreso y egreso escolar; y


CONSIDERANDO:


Que, es necesario dar fluidez al tránsito, tendiendo al máximo aprovechamiento de las vías de circulación existentes.


Que, es necesario asegurar a los barrios, el ágil ingreso y egreso a los centros de salud, la seguridad, la educación, la administración pública, el esparcimiento y el acceso a las diferentes ofertas comerciales.


Que, según lo conversado con el Juzgado de Faltas y el Poder Ejecutivo Municipal, en pos de la seguridad vial, entendemos que es de suma importancia dedicar especial atención al ingreso y egreso de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos escolares.


Que, se han realizado diferentes jornadas educativas a los fines de poder trabajar con alumnos y docentes las normas de seguridad vial existentes como así conversar las necesidades particulares de cada establecimiento educativo.


Que, hemos observado la necesidad de continuar con el camino de bicisenda existente en sentido de circulación desde Av. del Rio hasta la entrada de la escuela primaria EP Nº11, para que los alumnos circulen de manera segura. 


Que, la bicicleta es un medio de transporte que utiliza la mayoría de los alumnos en todos los establecimientos y es necesario darle prioridad a todas aquellas medidas que ayuden a su circulación segura. 


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:

                                                   

ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal extender el trayecto de bicisenda que bordea la AV. del Rio hasta el frente del establecimiento educativo EP Nº11 de la localidad de Villanueva.


ARTÍCULO 2º: Pintar la senda peatonal desde la finalización de la bicisenda a la puerta del mismo establecimiento, a los fines de asegurar el paso de los niños, niñas y adolescentes que transitan.


ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 23 días del mes de Octubre del año 2023.


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