VISTO:
Los reclamos de los vecinos, sobre los riesgos que existen al transitar la calle Ramón Seijas, en la zona de acceso al Barrio Villa Ramallo en Ranchos, y:
CONSIDERANDO:
Que la calle Ramón Seijas es el principal acceso al barrio Villa Ramallo desde el centro de la ciudad de Ranchos, y también funciona de nexo con la ruta 29 por zona rural. Que la calle Ramón Seijas también cobra relevancia por la cercanía con la Laguna de Ranchos, el Fortín de los Ranchos, la Escuela N° 5 y barrio Rincón del Sol.
Que por esta arteria circulan de forma constante peatones y personas en bicicleta, incluso niños y jóvenes, automóviles, camionetas, motocicletas, y este flujo ha aumentado de forma importante tras la mudanza de los vecinos, adjudicatarios de las viviendas del barrio entregado en agosto pasado.
Que, por esta calle, todas las personas, independientemente de en qué se movilicen, deben transitar por encima de la vía, porque no existen veredas ni otras sendas habilitadas, solo banquinas de escasas medidas.
Que tras la instalación del asfalto en este tramo de la calle Ramón Seijas, se colocaron 4 reductores de velocidad, los llamados “lomos de burro”, de importantes dimensiones, algunas cuadras antes del barrio y también frente al mismo, sin contar con la debida señalización, estando actualmente, carentes de la pintura reflectante.
Que no existen sobre esta arteria, carteles de límite de velocidad, que según la Disposición N° 1/17 de la provincia de Buenos Aires, corresponde una máxima en calles, en zona urbana, de 40 KM/H.
Que la iluminación de la arteria ocasionalmente se ha visto interrumpida los últimos meses, actualmente funciona, pero con algunos focos apagados, y se puede apreciar también lo riesgoso de no tener la orientación de los carteles en el horario nocturno.
Que en este contexto se presentan a diario situaciones como vehículos que aumentan la velocidad sobre el límite permitido, otros que por desconocer la ubicación de los reductores de velocidad no logran frenar a tiempo y corren riesgo de sufrir lesiones físicas o roturas materiales, y peatones o ciclistas que por la baja iluminación también se encuentran vulnerables al regresar a casa por la noche.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°: Solicitar al departamento ejecutivo gestione y administre los recursos necesarios para la colocación de carteles de límite de velocidad de 40 km por hora, sobre la calle Ramón Seijas en la extensión desde las calles 31 a 39.
ARTÍCULO 2°: Implementar la colocación de señalización de advertencia sobre la existencia de los reductores de velocidad en las cercanías de cada uno de ellos, y en base a la normativa vigente, y su acondicionamiento mediante la aplicación de la pintura reflectante sobre los mismos.
ARTÍCULO 3°: Evaluar la necesidad de aumentar la iluminación de la calzada en la extensión mencionada.
ARTÍCULO 4°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 11 días del mes de noviembre del año 2024.-