Resolución Nº 40/2025


VISTO:


La necesidad de dotar de infraestructura básica a la Asociación Deportiva San Vicente de Paul, especialmente en lo que respecta a la conexión al servicio de gas natural, y


CONSIDERANDO:


Que, el Club San Vicente de Paul constituye una institución de gran relevancia social, deportiva y cultural dentro de nuestra comunidad, cumpliendo una función esencial como espacio de contención, integración y participación ciudadana, especialmente para adultos mayores y personas mayores activas;


Que, en dicho club se desarrollan actividades deportivas, recreativas y culturales, muchas de ellas orientadas al bienestar físico y emocional de sectores que requieren entornos seguros, accesibles y adecuados, lo que convierte a este espacio en un pilar de la vida comunitaria;


Que, contar con el servicio de gas natural no solo mejorará las condiciones edilicias y funcionales del club, sino que permitirá un desarrollo más eficiente y seguro de las actividades que allí se realizan, posibilitando además la implementación de nuevas propuestas con mayor comodidad y menores costos operativos;


Que, el acceso al gas natural es un derecho esencial y un servicio básico que debe estar garantizado para todas las instituciones comunitarias que, como en este caso, no persiguen fines de lucro y aportan al desarrollo social local;


Que, en virtud de ello, resulta necesario que el Departamento Ejecutivo gestione ante la empresa proveedora CAMUZZI no solo la factibilidad técnica de la obra de conexión, sino también la viabilidad económica y financiera, evaluando posibilidades de financiamiento, convenios o programas de asistencia que puedan ser gestionados para facilitar su concreción;


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Aires, sanciona la presente:


RESOLUCION


ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área correspondiente, gestione ante la empresa CAMUZZI Gas Pampeana S.A., la factibilidad técnica para la ejecución de la obra de conexión al servicio de gas natural en la Asociación Deportiva San Vicente de Paul, ubicado en nuestra ciudad.


ARTÍCULO 2°: Solicítese asimismo que se evalúe y gestione la posibilidad de financiamiento económico y financiero para la mencionada obra, ya sea mediante convenios con la empresa prestataria, programas provinciales o nacionales, o cualquier otra herramienta que permita concretar la conexión sin que ello represente una carga excesiva para la institución.


ARTÍCULO 3°: Hágase especial hincapié en la función social, deportiva y cultural del Club San Vicente de Paul en la comunidad, especialmente en lo que refiere a su rol como espacio de inclusión y pertenencia para personas adultas y mayores.


ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese y archívese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 11 días del mes de agosto del año 2025.-