VISTO:
La nota presentada por el Subsecretario Municipal de Deportes, Sr. Uribarri Juan Pablo, con referencia a la apertura de la temporada de la pileta 2025-2026 y las tarifas a cobrar para el uso de las instalaciones del Centro de Educación Física, Deportes y Recreación de Ranchos, del Polideportivo Loma Verde y del Polideportivo Villanueva, y;
CONSIDERANDO:
Que en la misma informa que la pileta comenzará a funcionar el próximo 8 de diciembre del corriente año.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo la apertura de las instalaciones de la pileta del Centro de Educación Física, Deportes y Recreación “Intendente Alberto F. Ferrante” de Ranchos, del Polideportivo Loma Verde y del Polideportivo Villanueva, correspondiente a la temporada veraniega 2025-2026, para el día 3 de diciembre a partir de las 14hs.
ARTICULO 2°: Facúltese el cobro de las tarifas que a continuación se detallan:
Los valores que regirán con Carnet Médico en esta oportunidad son los siguientes:
- Carnet Médico - UF 1
- Entrada Social - UF 1
- Entrada Menores (hasta 16 años) - UF 1.5
- Entrada Juveniles (de 17 a 21 años) - UF 2
- Entrada General Mayores (22 años en adelante) - UF 2.5
- Por Quincena (menores) - UF 13
- Por Quincena (juveniles) - UF 14
- Por Quincena (mayores) - UF 15
- Por Mes (menores) - UF 15
- Por Mes (juveniles) - UF 17
- Por Mes (mayores) - UF 20
En tanto los valores sin Carnet Médico serán los siguientes:
- Entrada Menores (hasta 16 años) - UF 3
- Entrada Juveniles (de 17 a 21 años) - UF 4
- Entrada General Mayores (22 años en adelante) - UF 5
- Valor Turista - UF 8
ARTICULO 3°: Los menores de cuatro (4) años, acompañados por un mayor de 18 años o de un familiar directo, ingresan sin cargo, así como también los jubilados y pensionados residentes en el distrito, que acrediten tal condición.
ARTICULO 4°: los contingentes de jubilados, pensionados y de establecimientos educativos que visiten los mencionados Natatorios abonarán la suma de pesos MIL ($1000,00), por persona y por día que incluye la revisación médica habilitante para del ingreso.
ARTÍCULO 5°: las personas o grupos familiares que mediante encuesta social acrediten no poder solventar la erogación, los alumnos de la EEE N°501 del Distrito de General Paz, Operarios del Taller Protegido de General Paz y personas con certificado de discapacidad obtendrán ingreso y carnet médico sin cargo.
ARTÍCULO 6°: los grupos familiares integrados por dos (2) mayores y dos (2) o más menores que requieran la entrada o abono en forma conjunta, obtendrán una bonificación del 20%.
ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Regístrese y archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de noviembre del año 2025.-











