VISTO:
El Decreto N° 6/2026 de la Provincia de Buenos Aires; y,
CONSIDERANDO:
Que, el 24 de marzo de 1976 se produjo el golpe de Estado que dio inicio a la última dictadura cívico-militar en la República Argentina;
Que, dicho régimen instauró un sistema de terrorismo de Estado basado en la represión ilegal, la persecución ideológica y la eliminación sistemática de personas;
Que, durante ese período se desarrolló un plan sistemático de desaparición forzada de personas, mediante secuestros clandestinos y detenciones ilegales;
Que, funcionaron en todo el país centros clandestinos de detención donde se ejercieron torturas físicas y psicológicas de extrema gravedad;
Que, miles de argentinas y argentinos fueron asesinados, desaparecidos o forzados al exilio;
Que, el aparato represivo actuó con la complicidad de sectores civiles, económicos y judiciales, consolidando un entramado de impunidad;
Que, se implementó un plan económico que profundizó la desigualdad social y debilitó el entramado productivo nacional;
Que, la censura, la persecución cultural y la prohibición de la libre expresión constituyeron herramientas centrales del régimen;
Que, se perpetró la apropiación ilegal de niños y niñas, negándoles su identidad y sus vínculos familiares;
Que, estos crímenes han sido reconocidos como delitos de lesa humanidad, imprescriptibles según el derecho internacional;
Que, la recuperación de la democracia en 1983 marcó el inicio de un proceso histórico de memoria, verdad y justicia;
Que, el Juicio a las Juntas y los procesos judiciales posteriores constituyen hitos fundamentales en la historia democrática argentina;
Que, la lucha de los organismos de derechos humanos ha sido clave para sostener la memoria colectiva;
Que, resulta imprescindible transmitir a las nuevas generaciones lo ocurrido, para evitar su repetición;
Que, la memoria constituye una herramienta fundamental para la consolidación democrática;
Que, el Decreto N° 6/2026, de la Provincia de Buenos Aires, declara el año como 'Año de los Derechos Humanos por la Memoria, la Verdad y la Justicia. A 50 años de la última Dictadura cívico-militar';
Que, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante adherir a dicha iniciativa y promover acciones en el ámbito local;
Que, incorporar la leyenda en la documentación oficial implica un compromiso institucional con los valores democráticos;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Adhiérase el Honorable Concejo Deliberante de General Paz al Decreto N°6/2026 de la Provincia de Buenos Aires, el cual declara el año como 'Año de los Derechos Humanos por la Memoria, la Verdad y la Justicia. A 50 años de la última Dictadura cívico-militar'.
ARTÍCULO 2°: Dispóngase que durante el año 2026 toda la documentación oficial emitida por el Honorable Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo Municipal, deberá consignar la leyenda: “2026 – Año de los Derechos Humanos por la Memoria, la Verdad y la Justicia. A 50 años de la última Dictadura cívico-militar”.
ARTÍCULO 3°: La obligación establecida en el artículo precedente alcanzará a:
- Notas oficiales
- Ordenanzas
- Resoluciones
- Decretos
- Disposiciones
- Correspondencia institucional
- Documentación administrativa en general en formato papel y digital.
ARTÍCULO 4°: Facúltese a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo a implementar las adecuaciones necesarias.
ARTÍCULO 5°: Invítase a instituciones educativas, organizaciones sociales y entidades intermedias del Partido de General Paz a adherir a la presente iniciativa en sus comunicaciones institucionales durante el año 2026.
ARTÍCULO 6°: Regístrese, Comuníquese a quienes corresponda y cumplido lo estipulado archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de marzo del año 2026.