Resolución N° 29/2026


VISTO:


La media sanción otorgada por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, en la sesión celebrada el día 20 de mayo de 2026, al proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional que modifica y restringe el Régimen de Zona Fría establecido por la Ley Nacional N° 27.637; y


CONSIDERANDO:


Que, dicha media sanción implica un grave retroceso en materia de derechos sociales, acceso equitativo a los servicios públicos esenciales y federalismo real.


Que, el Régimen de Zona Fría reconoce una realidad objetiva y concreta: en vastas regiones del país, entre ellas numerosos distritos de la provincia de Buenos Aires, el consumo de gas no constituye un lujo ni un beneficio extraordinario, sino una necesidad básica vinculada a la salud, la calefacción de los hogares, la alimentación y condiciones mínimas de dignidad para las familias.


Que, el partido de General Paz se encuentra comprendido dentro de los municipios alcanzados por el actual régimen de subsidios por Zona Fría, por lo que cualquier modificación, reducción o eliminación de dichos beneficios impactará directamente sobre miles de vecinos y vecinas de nuestra comunidad.


Que, el esquema vigente contempla descuentos del TREINTA POR CIENTO (30%) para usuarios residenciales y del CINCUENTA POR CIENTO (50%) para sectores vulnerables, jubilados, pensionados, beneficiarios de tarifa social y entidades de bien público, constituyendo una herramienta concreta de justicia social y reparación territorial.


Que, la medida impulsada por el Gobierno Nacional pretende presentarse como un mero “ordenamiento fiscal”, cuando en realidad representa un nuevo tarifazo encubierto que trasladará el peso del ajuste económico sobre trabajadores, jubilados, comerciantes, clubes, instituciones y familias del interior bonaerense.


Que, la información difundida públicamente da cuenta de que el objetivo oficial consiste en reducir significativamente el gasto destinado al sostenimiento del régimen, afectando a millones de hogares alcanzados por la Ley N° 27.637.


Que, resulta inadmisible que el equilibrio fiscal se construya sobre el sacrificio de familias que ya vienen soportando aumentos constantes de tarifas, caída del poder adquisitivo, pérdida de ingresos y un profundo deterioro de las condiciones económicas y sociales.


Que, las políticas implementadas por el Gobierno Nacional desde su asunción han significado una reducción progresiva del rol protector del Estado, afectando especialmente a los trabajadores, jubilados, sectores medios y sectores más vulnerables de nuestra sociedad.


Que, lejos de aliviar la situación social y económica de millones de argentinos, numerosas medidas impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional han profundizado las desigualdades, deteriorando el acceso a derechos básicos y esenciales.


Que, de acuerdo a proyecciones técnicas, la quita total del beneficio residencial provocará subas de tarifas de entre un 42% y el 100% en las boletas finales, empujando a miles de hogares asalariados, pequeñas PyMEs, clubes de barrio, comedores comunitarios y, de manera crítica, a nuestros jubilados y pensionados, a situaciones de pobreza energética absoluta o a la desconexión del servicio formal.


Que la justificación fiscal del Gobierno Nacional es técnicamente inválida, puesto que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Gas Residenciales se nutre principalmente de un recargo específico aplicado a las facturas de todos los usuarios del sistema (actualmente fijado en 6,8% o el proyectado 7,5%), lo que implica que el sistema cuenta con mecanismos propios de financiamiento y no representa la carga presupuestaria alegada para el Tesoro Nacional.


Que, esta decisión desconoce las condiciones climáticas, sociales y territoriales que dieron fundamento a la ampliación del Régimen de Zona Fría, aprobada oportunamente por el Congreso Nacional, vulnerando además principios básicos de equidad y solidaridad federal.


Que, resulta preocupante que una medida de semejante impacto social haya sido avalada mediante acuerdos políticos que no contemplan las consecuencias concretas que sufrirán los municipios bonaerenses afectados, entre ellos General Paz.


Que, desde el Bloque del Partido Justicialista entendemos que los servicios públicos esenciales deben ser garantizados con criterios de justicia social, equidad territorial y protección de los sectores más vulnerables.


Que, gobernar no puede significar abandonar a quienes más necesitan del acompañamiento del Estado, sino garantizar herramientas que permitan sostener condiciones dignas de vida para toda la comunidad.


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona  la siguiente:


RESOLUCIÓN


ARTÍCULO 1°: Expresar el más enérgico repudio a la media sanción otorgada por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación al proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional que modifica y restringe el Régimen de Zona Fría establecido por la Ley Nacional N° 27.637.-


ARTÍCULO 2°: Manifestar la profunda preocupación de este Honorable Concejo Deliberante por el impacto económico y social que dicha medida provocaría en las familias, jubilados, trabajadores, instituciones intermedias, clubes, entidades de bien público, comercios y usuarios residenciales del partido de General Paz.


ARTÍCULO 3°: Rechazar todo intento de eliminación, reducción o restricción de los descuentos tarifarios vigentes para los usuarios alcanzados por el Régimen de Zona Fría, por constituir una política pública de reparación territorial, justicia social y protección del acceso a un servicio público esencial.


ARTÍCULO 4°: Solicitar al Honorable Senado de la Nación el rechazo del proyecto con media sanción aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, garantizando la plena vigencia de la Ley Nacional N° 27.637 y la continuidad de los beneficios tarifarios para el partido de General Paz y todos los distritos alcanzados.


ARTÍCULO 5°: Solicitar a los legisladores nacionales por la provincia de Buenos Aires que defiendan los intereses de los municipios bonaerenses afectados y rechacen cualquier  medida que implique aumentos tarifarios que perjudiquen a las familias de nuestra provincia.


ARTÍCULO 6°: Remitir copia de la presente al Honorable Senado de la Nación, a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, al Poder Ejecutivo Nacional, al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a los legisladores nacionales por la provincia de Buenos Aires y a los concejos deliberantes de los municipios alcanzados por el Régimen de Zona Fría.


ARTÍCULO 7°: De forma..


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 26 días del mes de mayo del año 2026.-