Resolución N° 53/2026


VISTO: 


La importancia de promover el juego al aire libre, la actividad física, la recreación y el aprendizaje de niñas, niños y adolescentes del Partido de General Paz, mediante la puesta en valor de los playones deportivos y espacios recreativos públicos, y;


CONSIDERANDO:


Que, el juego constituye un derecho fundamental de las infancias y es una herramienta esencial para el desarrollo físico, cognitivo, emocional y social.


Que, los juegos didácticos pintados sobre el suelo fomentan la actividad física, la creatividad, la coordinación motriz, el aprendizaje, la integración y el trabajo en equipo.


Que, el uso de circuitos lúdicos y educativos en espacios públicos constituye una alternativa recreativa saludable, favoreciendo el encuentro entre las familias y promoviendo hábitos de vida activos.


Que, la incorporación de este tipo de juegos contribuye a que niñas y niños disfruten de los espacios públicos, fortaleciendo el sentido de pertenencia y el cuidado de los bienes comunitarios.


Que, el Partido de General Paz cuenta con playones deportivos y espacios recreativos distribuidos en las distintas localidades y barrios, los cuales pueden ser enriquecidos mediante intervenciones de bajo costo y alto impacto social.


Que, resulta conveniente impulsar políticas públicas que promuevan el acceso igualitario al juego, la recreación y el aprendizaje en todos los sectores del distrito.


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente:


RESOLUCIÓN


ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, proceda a la pintura de juegos didácticos y circuitos lúdicos sobre los playones deportivos y espacios recreativos públicos del Partido de General Paz.


ARTÍCULO 2°: Dispóngase que los juegos contemplen propuestas recreativas y educativas acordes a las distintas edades, tales como rayuelas, circuitos de motricidad, recorridos de equilibrio, juegos matemáticos, letras, colores, figuras geométricas y demás actividades que estimulen el aprendizaje y la recreación.


ARTÍCULO 3°: Procúrese que la implementación del programa alcance progresivamente a los playones deportivos y espacios recreativos de las localidades y barrios del Partido de General Paz, garantizando una distribución equitativa de las intervenciones.


ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 27 días del mes de julio del año 2026.-