Ordenanza Nº 33/2013


VISTO:


La existencia de la Ley Provincial Nº 12875 y sus modificatorias Ley Provincial Nº 13.533 y 13872, que establecen un régimen previsional especial para los soldados conscriptos excombatientes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, que hayan participado en acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones Malvinas o aquellos que hubieren entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.), y; 


CONSIDERANDO: 


Que podrán optar por acogerse a los beneficios de la jubilación especial aquellos veteranos de guerra que revistan como agentes de la planta permanente, transitoria o temporaria y contratados de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Buenos Aires y demás organismos descentralizados, que acrediten los requisitos mínimos de cuarenta y cinco años de edad y veinte años de servicio;


Que en su artículo 6º se hace extensivo dicho beneficio a los agentes municipales comprendidos en el régimen de la Ley 11.757 cuyos municipios se adhieran mediante ordenanza;

 

Que esta adhesión beneficiará a aquellos agentes municipales veteranos de guerra sin ocasionar ningún tipo de gastos el erario municipal;


Que nuestro municipio ha ejecutado históricamente diferentes acciones de reconocimiento y homenaje a nuestros veteranos;+


Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las Facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente:


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Adherir a la Ley 12875, Régimen Previsional Especial para los Agentes que se desempeñan en planta permanente, transitoria o temporaria y contratados de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y demás organismos descentralizados de la Provincia de Buenos Aires y Agente Municipales en el marco de la Ley 11.757.


ARTÍCULO 2º:  Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo; enviase Copia de la presente al Instituto de Previsión Social (IPS), al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, cumplidos los términos archívese.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 28 días del mes de noviembre de 2013.


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