Ordenanza Nº 05/2019


VISTO:


El expediente Nº 2416-12744/2009 que tramita la “Construcción de 72 Viviendas” en el Programa denominado Plan Federal Plurianual Reconvertido cuyo financiamiento otorga el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, y;


CONSIDERANDO:


Que se encuentran en ejecución diferentes conjuntos habitacionales financiados con fondos provinciales, a cuyo efecto han sido suscriptos diferentes convenios con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires;


Que el Instituto de la Vivienda ha dictado la Resolución Nº 1810/13 y modificatorias, mediante la cual estableció un procedimiento de adecuación de los montos que financia en las diferentes operatorias vigentes que no prevén otros sistemas regulares de actualización;


Que las obras referidas en el primer considerando se encuentran alcanzadas por la resolución mencionada;


Que el artículo 16 de la Resolución IVBA Nº 1810/13 establece como requisito que en la primera solicitud los Municipios acompañen Ordenanza de adhesión a la resolución y/o Ordenanza aprobatoria del Modelo de Acta de Adecuación, o de la misma suscripta;


Que al efecto corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir las addendas que se celebren en el marco de la normativa citada;


Que, en caso que se aplique el procedimiento dispuesto por el artículo 13º de la Resolución Nº 1810/13, el anticipo financiero acordado será garantizado con la coparticipación provincial de impuestos;


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos  Aires, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Adhiérase a la Resolución Nº 1810/13 y modificatorias, dictada por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y apruébese el modelo de Addenda -Acta de Adecuación del Monto de Financiamiento- incorporado a ella como Anexo I.


ARTÍCULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir las Addendas a convenios de financiamiento celebrados con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, destinadas a adecuar los montos de financiamiento en el marco de la Resolución IVBA Nº 1810/13 y modificatorias, de conformidad con el modelo aprobado en el artículo anterior.


ARTÍCULO 3º: Autorizase a afectar la coparticipación provincial de impuestos, en garantía de los anticipos financieros que se acuerden en virtud de la operatoria a la que aquí se adhiere.


ARTÍCULO 4º: De forma.


Dada en SESION EXTRAORDINARIA en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 29 días del mes de Enero de 2019.


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