Ordenanza Nº 38/2020


VISTO:


El gran compromiso con el que se ha desempeñado el Dr. Alfonso Echarri en su ejercicio profesional, ganándose el afecto de una comunidad y;


CONSIDERANDO:


Que por más de 25 años el Dr. Alfonso Echarri ha sido parte del Hospital Campomar, llegando a ejercer la Dirección médica con una gran responsabilidad. Ese mismo hospital que guardará su nombre en cada pasillo, en cada consultorio y en todo el personal, 


Que el compromiso con sus pacientes y con la salud pública, lo llevaron a convertirse en aquel profesional en el que cada familia depositó su confianza; colocando la vida de sus seres queridos en sus manos,


Que con este proyecto queremos reconocer al médico con un enorme compromiso y calidad humana evidenciado en cada acto de su vida laboral. Ese compromiso con el que decidió junto al personal de la salud y su incansable vocación de servicio, pararse en la primera línea de batalla, ahí donde sólo había incertidumbre; siendo parte del Comité de Prevención, Seguimiento y Tratamiento de Coronavirus, 


Que se reconoce al vecino, que se convirtió en médico y supo ganarse el respeto y el reconocimiento no solo de sus colegas sino de la comunidad en general,


Que se reconoce al concejal, a aquel compañero de banca que supo generar durante su ejercicio vínculos nobles a través de su escucha activa y su predisposición en el trabajo legislativo,


Que su nombre quedará en el Hospital Campomar, cobrando vida y recordando a ese profesional que fue parte de la gran familia de dicha institución.


Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz haciendo  uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Colocar en nombre del Honorable Concejo Deliberante de General Paz placa recordatoria al Dr. Alfonso Ramón Echarri en el Hospital Campomar.


ARTÍCULO 2º: Autorizar a la Presidencia de este Cuerpo a coordinar con la Dirección del Hospital Campomar a realizar el reconocimiento correspondiente.


ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 13 días del mes de Octubre de 2020.


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