Ordenanza Nº 21/2021


VISTO: 


El convenio de consorcio urbanístico firmado con el Sr Godoy Jorge Fabián y; 


CONSIDERANDO:


Que el convenio se firma en el marco normativo de lo establecido por la Ley Nº 14.449 de acceso justo al Hábitat; 


Que en el artículo 1 de la presente Ley se destaca dentro de sus objetivos “promover la generación y facilitar la gestión de proyectos habitacionales de urbanizaciones sociales y de procesos de regularización de barrios informarles” y “abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional”,


Que la Ley, entonces, nos permite como poder ejecutivo mejorar y facilitar el acceso de kis vecinos y vecinas a tierras urbanizables destinadas a la construcción de planes de viviendas;


Que inmueble objeto del presente convenio fue previamente analizado y estudiado en referencia a su ubicación, distribución y disponibilidad;


Que la Municipalidad de General Paz incorporara a su patrimonio la cantidad de 20 lotes para el destino y ejecución de un plan de viviendas y permitirán que nuevas familias se vean beneficiadas; 


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente:


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: La presente ordenanza regirá el procedimiento a aplicar respecto del Inmueble a incorporarse al programa de lotes con servicios previstos en la Ley 14.449y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1062/13 cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.


ARTÍCULO 2º: Autorizar la afectación al programa lote con servicios de los inmuebles pertenecientes al dominio de GODOY Jorge  Fabián  designados catastralmente como Circ. I, Secc B Qta 46 Parcela 4 Matricula 6537, partida inmobiliaria 1312 y Circ. I Secc B Qta 46 Parcela 3 matricula 6536 Partida Inmobiliaria 538.


ARTÍCULO 3º: Requerir la intervención de la subsecretaria social de tierras, urbanismo y vivienda a fin de que se incorpore al programa lote con servicios el plano mensura y subdivisión adjunto de los inmuebles descriptos en el Artículo 2º.


ARTÍCULO 4º: Establecer para los citados inmuebles los siguientes indicadores de subdivisión y ocupación del suelo FOS: 0.6: FOT 1.0 y Densidad 130 Hab/ha.


ARTÍCULO 5º: Aprobar el Convenio de consorcio urbanístico firmado entre el  Departamento Ejecutivo y Jorge Fabián Godoy que forma parte del Anexo I integrante de la presente.


ARTÍCULO 6º: Registre, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 14 de junio de 2021.


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