Ordenanza Nº 46/2021


VISTO:


Los diversos problemas relacionados con la basura y la falta de espacios verdes y arbolado urbano en los barrios del Distrito de General Paz y.-


CONSIDERANDO:


Que a pesar de los controles que se realizan es necesario producir un cambio cultural para que la comunidad toda proteja el medio ambiente.-


Que es una aspiración de los vecinos poder contar con una ciudad limpia y con muchos espacios verdes.-


Que estos objetivos indudablemente mejoran la calidad de vida de los vecinos de General Paz.-


Que para lograr los objetivos antes mencionados resulta necesario mejorar la calidad de las prestaciones municipales  y lograr la participación activa de la propia comunidad, no sólo en forma individual, sino fundamentalmente colectiva.-


Que el programa propuesto es una experiencia piloto para distintos barrios de las localidades, que luego de ser evaluada, deberá continuar para la totalidad de los barrios.-


Que es muy importante la colaboración de los vecinos para la ayuda de mantener nuestra ciudad limpia.


Que es necesario concientizar de no tirar la basura en lugares que no corresponde para evitar zanjas sucias y posibles inundaciones.


Que es una problemática que en el sistema educativo se trabaja desde el nivel inicial, concientizando desde temprana edad siendo muy importante poder plasmar en los distintos hogares la teoría y los valores del cuidado del medio ambiente. 


Que sería importante trabajar con profesores relacionados en el tema de distintas escuelas e involucrar a los Centros de Estudiantes.


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente:


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: CRÉASE el programa  denominado “Mi barrio limpio” con  el objetivo de solucionar los diversos problemas relacionados con la basura y desarrollar, mejorar y mantener los espacios verdes  y el arbolado en los barrios de las localidades del Distrito de General Paz con la participación de los distintos sectores involucrados en esta temática.


ARTÍCULO 2º: Será autoridad de aplicación del presente programa el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que desígnela que convocará a participar en forma activa a las Comisiones Vecinales, Escuelas, Iglesias, organizaciones deportivas, Centros de la tercera edad, otras organizaciones no gubernamentales y a los vecinos de cada uno de los barrios.


ARTÍCULO 3º: El programa “Mi barrio limpio” tendrá los objetivos mencionados en el artículo 1º y ejecutará, como mínimo las siguientes acciones.

Objetivo 1: Mi barrio Limpio 

a) Diagnóstico de los problemas del barrio en cuanto a los residuos de distinto tipo.-

b) Propuestas para llevar a cabo la colocación de canastos de basura frente a cada domicilio.-

c) El problema de los residuos voluminosos, restos de poda, escombros: la necesidad de coordinar con el Municipio para retirar-

d) La basura en los baldíos: Concientización de los vecinos para evitar arrojar basura en los mismos.-

e) La basura en los desagües: limpieza y concientización de los vecinos para evitar arrojar basura en los mismos.-

f) Los grandes basurales clandestinos u otros problemas relacionados a la basura que se identifiquen en el barrio. Propuestas de solución.-

g) Las comisiones vecinales y/o vecinos y vecinas impulsarán acciones tendientes a detectar y revertir las conductas inadecuadas con respecto al tratamiento de la basura en lugares no permitidos y que generen perjuicios a los demás vecinos y vecinas.-

h) Campañas de concientización u otras acciones tendientes a producir un cambio cultural para el cuidado del medio ambiente.

Objetivo 2: Mi barrio verde

a) Identificación de los espacios verdes en el barrio: Consulta con los vecinos para colocarle nombre a cada uno de los espacios verdes del barrio y sanción de la ordenanza respectiva.-

b) Mantenimiento por parte del municipio de los espacios verdes ya desarrollados con participación de la comunidad y búsqueda de padrinazgos por parte de entidades o empresas.-

c) Desarrollo o mejoramiento de los espacios verdes para su utilización por parte de la comunidad.-

d) Coordinación de las acciones mencionadas anteriormente con la Subsecretaria de Deportes a fin de garantizar, en los espacios verdes que sea posible y defina la comunidad, el uso también para actividades deportivas.-


ARTÍCULO 4º: Impulsar el arbolado en las veredas y espacios verdes del barrio. La autoridad de aplicación determinará las especies adecuadas en cada zona y procurará hacer entrega de las mismas con información detallada sobre los cuidados para su desarrollo y mantenimiento.


ARTÍCULO 5º: A los efectos de consolidar y mantener los objetivos que se vayan alcanzando, se planteará que desde la referente de educación municipal se realicen las gestiones pertinentes, siguientes las diferentes vías jerárquicas a fin de realizar capacitaciones a alumnos de las instituciones educativas del Distrito, como “guardianes ambientales”.


ARTÍCULO 6º: Garantizar la participación de las mujeres y de todo el colectivo LGTBQ+ en las reuniones barriales y en la toma de decisiones.


ARTÍCULO 7º: Promover el trabajo cooperativo en igualdad de condiciones entre géneros.


ARTÍCULO 8º: Regístrese, comuníquese, archívese.


Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, a los 14 días del mes de Septiembre del año 2021.


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