VISTO:
La ordenanza 47/2022 Ref. a “Declarar patrimonio cultural y natural a los bienes materiales del distrito de General Paz”, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el anexo I de la ordenanza 47/2022 se incluye a la Parroquia “Nuestra Señora del Pilar” como una de las instituciones dignas de declarar como patrimonio cultural del distrito, destacando su arquitectura.
Que, en virtud de la celebración de las Fiestas patronales 2024 se han realizado obras de conservación y pintura en la Casa Parroquial.
Que, en diálogo con el Cura Párroco Mario Peralta Luna ha mencionado la importancia de poner en valor la fachada de la Casa Parroquial, de estilo y arquitectura destacable.
Que, si bien la ordenanza 47/2022 contempla a la Parroquia “Nuestra Señora del Pilar”, la descripción que se propone en el Anexo I, no incluye a la Casa parroquial.
Que, es de relevancia cultural incluir a la fachada de la casa parroquial en el anexo de la mencionada ordenanza.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Incorpórese al Anexo I de la Ordenanza Municipal 47/2022 del Distrito de General Paz, en el apartado referido a la Parroquia “Nuestra Señora del Pilar”, la leyenda: “Y fachada de la Casa Parroquial”, quedando redactado de la siguiente manera: “Parroquia Nuestra Señora del Pilar y fachada de la Casa Parroquial”
ARTÍCULO 2º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 28 días del mes de octubre del año 2024.