VISTO:
El estado de deterioro, falta de mantenimiento y condiciones de inseguridad observadas en diversas plazas de juegos para niños y niñas de Ranchos.
CONSIDERANDO:
Que, las plazas y espacios verdes constituyen ámbitos fundamentales para la recreación, socialización y desarrollo integral de la niñez, siendo responsabilidad del Estado municipal su mantenimiento, seguridad y accesibilidad;
Que, se ha constatado en diversas plazas de la localidad la falta de cuidado, roturas en los juegos, estructuras peligrosas, acumulación de residuos y presencia de pozos profundos, que ponen en riesgo la integridad física de los niños, niñas y familias que las frecuentan;
Que, en particular, en la Plaza “Niños de Belén” se observa un pozo de considerable profundidad, el cual ha ocasionado reiteradas caídas de niños, situación que amerita una intervención inmediata y preventiva;
Que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece el derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano;
Que la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes dispone la obligación del Estado en todos sus niveles de garantizar las condiciones de seguridad y bienestar necesarias para su pleno desarrollo;
Que, asimismo, las ordenanzas municipales vigentes sobre espacios públicos y mantenimiento urbano asignan al Municipio la responsabilidad del cuidado, reparación y conservación de plazas, parques y áreas recreativas;
Que, resulta necesario designar personal responsable del cuidado de estos espacios, proponiéndose la incorporación de un/a placero/a encargado/a del mantenimiento, limpieza, control y preservación diaria de las plazas, promoviendo además la participación vecinal en su cuidado;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, resuelve la siguiente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área correspondiente, proceda a realizar tareas de mantenimiento, reparación y acondicionamiento de las plazas de juegos infantiles de Ranchos que así lo requieran, garantizando condiciones seguras tanto en la accesibilidad general como en la integridad y seguridad de los juegos e instalaciones existentes.
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ARTÍCULO 2°: Sugiérase la designación de personal encargado de la supervisión del estado de conservación de los juegos y espacios comunes en las plazas de la ciudad.
ARTÍCULO 3°: Invítese a las instituciones educativas y organizaciones comunitarias a colaborar en acciones de concientización y cuidado de los espacios públicos como patrimonio común.
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ARTÍCULO 4°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de noviembre del año 2025.-











