VISTO:
La Ordenanza N° 26/2016, mediante la cual se adjudicó la concesión de un sector de la Laguna de Ranchos para su explotación comercial; y
CONSIDERANDO:
Que, la Laguna de Ranchos constituye uno de los principales espacios públicos, recreativos, turísticos y ambientales del distrito de General Paz, siendo utilizada diariamente por vecinos, vecinas y visitantes.
Que, de la lectura de la propuesta de inversiones presentada oportunamente por el concesionario se observa que varias de las acciones comprometidas han sido cumplidas.
Que, sin perjuicio de ello, resulta necesario garantizar el estricto cumplimiento de todas las obligaciones asumidas en el marco de la concesión.
Que el artículo 17.2 del expediente 4047-24283/16 establece expresamente que “el concesionario deberá limpiar diariamente los sectores y las áreas de expansión afectadas a la explotación, incluyéndose el corte de pasto durante todo el período de concesión”.
Que, actualmente se observa una notoria falta de mantenimiento y limpieza en sectores comprendidos dentro de la concesión, situación que afecta la imagen del principal atractivo turístico de nuestro distrito y genera malestar entre quienes hacen uso del espacio.
Que, el artículo 21.1 de la citada ordenanza dispone que, ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el pliego, en la oferta o en el contrato de adjudicación, se aplicará un sistema de multas y/o astreintes.
Que, asimismo el artículo 21.2 determina que, detectado el incumplimiento por el órgano de contralor mediante acto administrativo, deberá ordenarse la correspondiente intimación al adjudicatario.
Que, resulta responsabilidad del Estado Municipal velar por el adecuado cumplimiento de los contratos de concesión y preservar las condiciones de higiene, seguridad y mantenimiento de los espacios públicos.
Que, la limpieza y el mantenimiento permanente de la Laguna de Ranchos contribuyen a la protección ambiental, al fortalecimiento del turismo local y al disfrute de la comunidad en general.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda y en ejercicio de las facultades de control previstas en la Ordenanza N° 26/2016, expediente 4047-24283/16 intime de manera urgente al concesionario responsable para que realice la limpieza, corte de pasto y mantenimiento integral de los sectores de la Laguna de Ranchos comprendidos en la concesión.
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que informe a este Honorable Concejo Deliberante las actuaciones realizadas en el marco del control de la concesión, detallando inspecciones efectuadas, intimaciones cursadas y, en su caso, sanciones aplicadas por incumplimientos detectados.
ARTÍCULO 3°: Requerir que se adopten las medidas necesarias para garantizar el adecuado estado de conservación, limpieza e higiene de dicho espacio público, en beneficio de la comunidad local y de quienes visitan nuestro distrito.
ARTÍCULO 4°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 08 días del mes de junio del año 2026.-